Cronología del proceso

Cómo avanza tu expediente sucesorio, mes a mes

Cada herencia tiene su propio ritmo, pero la mayoría sigue un calendario previsible. Te mostramos las fases típicas, los plazos administrativos y el momento en que puedes esperar cada respuesta.

Semana 1–2

Primera consulta y recopilación de documentos

Revisamos la documentación familiar, el testamento si existe, las escrituras de bienes y las últimas declaraciones. Confirmamos el régimen económico matrimonial y el parentesco de los herederos.

Semana 3–4

Certificados y estudio de la situación

Solicitamos el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el de seguros de vida. Con esos datos, elaboramos un primer esquema de la masa hereditaria y de las posibles cargas.

Mes 2

Cálculo orientativo del impuesto

Preparamos una estimación del Impuesto de Sucesiones según la comunidad autónoma, las reducciones aplicables por parentesco y el valor real de los bienes. Este cálculo sirve para decidir si conviene aceptar o repudiar.

Mes 2–3

Cuaderno particional y acuerdo entre herederos

Redactamos la propuesta de partición con la adjudicación de cada bien. Si hay discrepancias, actuamos como mediadores para evitar la vía judicial y agilizar el reparto.

Mes 3–4

Escritura pública y liquidación

Otorgamos la escritura de partición ante notario, presentamos el impuesto en plazo y gestionamos la inscripción en el Registro de la Propiedad. Cada heredero recibe copia de su título.

Mes 4–6

Cierre y seguimiento posterior

Verificamos que no queden cargas pendientes, confirmamos el alta de los nuevos titulares en el catastro y te acompañamos si la administración requiere documentación adicional.

Los plazos pueden alargarse si hay bienes en el extranjero, deudas reclamadas por entidades o herederos que no localizamos. En esos casos te informamos puntualmente de cada retraso y de las alternativas disponibles.

Alcance y condiciones

Precisiones sobre el trabajo que realizamos

Para evitar malentendidos, conviene fijar desde el principio qué incluye nuestro asesoramiento, qué depende de terceros y qué no podemos garantizar. Estas notas forman parte de la forma en que trabajamos en Wentzel Estudio.

Asesoramiento jurídico, no gestión notarial directa

Preparamos la documentación, revisamos borradores y te acompañamos en cada paso, pero la firma de escrituras y la protocolización corresponden al notario que elijas. Nuestra labor se centra en que llegues a esa cita con todo resuelto y sin dudas.

Cálculo orientativo de impuestos

Las cifras que manejamos sobre el Impuesto de Sucesiones o Donaciones son estimaciones basadas en la normativa vigente y en los datos que nos facilitas. La liquidación definitiva corresponde a la Agencia Tributaria autonómica, que puede aplicar criterios distintos según el caso.

Plazos administrativos

Los tiempos que indicamos son orientativos y dependen de la carga de trabajo de los registros, notarías y organismos públicos. Hacemos un seguimiento activo de cada expediente, pero no podemos comprometer fechas que no dependen exclusivamente de nosotros.

Mediación entre herederos

Nuestra intervención busca facilitar acuerdos y reducir tensiones. Si las partes no llegan a un entendimiento, el asunto puede derivar en un procedimiento judicial, que quedaría fuera del alcance de esta fase de acompañamiento.

Confidencialidad y protección de datos

Toda la información que compartes durante el proceso queda protegida por el secreto profesional y por la normativa de protección de datos. No utilizamos tus datos para fines distintos de los que motivan la consulta.

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